MEDIDAS AMBIENTALES

Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.
CAPITULO III – Artículo 79. Constitución Política de Colombia.

El objetivo es mejorar la conciencia de las comunidades en torno al papel que desempeñan en desarrollo del medio ambiente, así como la contribución en su cuidado, protección y mejora.